ESTÁNDAR MÍNIMO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, PARA LÁMPARAS/AMPOLLETAS DE USO GENERAL O USO DOMÉSTICO, DE ILUMINACIÓN INTERIOR

 

ESTÁNDAR MÍNIMO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, PARA LÁMPARAS/AMPOLLETAS DE USO GENERAL O USO DOMÉSTICO, DE ILUMINACIÓN INTERIOR

 

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), ha emitido la R.E. Nº 34336, de 2021, donde se señala el Estándar mínimo de eficiencia energética y su cronograma de aplicación, para Lámparas/Ampolletas de uso general o uso doméstico, de iluminación interior.

Por lo  antes señalado, se emitirán Certificados de Aprobación y los respectivos Seguimientos solamente a aquellas Lámparas que cumplen con el Estándar mínimo de eficiencia energética, establecido mediante las Resoluciones Exentas Nº10/2020 y Nº17/2020, ambas del Ministerio de Energía, de acuerdo a lo siguiente:

-    a partir del  1 de enero de 2023,  para Lámparas que tengan un rendimiento mínimo de 70 Im/W; y

-    a partir del  1 de enero de 2025, para Lámparas que tengan un rendimiento mínimo de  85 Im/W;

Lo anterior implica que a partir de esas fechas, no se podrán comercializar aquellas Lámparas que tengan un rendimiento menor a lo antes señalado.

 

Para más información, contáctenos a: comercial@cl.lenorgroup.com